"Pero ya no nos basta saber lo que somos,
nos acorralan en nuestra condición, allí donde padece nuestra suerte.
En el idioma vivo de España los educadores con toda la elocuencia que les cabe, instruyen inculcando que, en todo el territorio de Córdoba los indios se extinguieron, como se extinguió también la cultura Comechingon."
Pero aqui estamos, como ayer, como HOY, como siempre.
Extracto del Libro "YO SOY TICAS DEL PUEBLO NACION COMECHINGON" de Noka Kani Ticas.
Nuestra familia desciende de un cacique llamado Ticas que vivió tiempo anterior a la conquista, de allí el nombre de la comunidad. Los españoles, en sus prolijos libros de anotaciones decían que todo el grupo indígena que habitaba Córdoba era guerrero y defensor del territorio; y que, al trabarse en lucha contra ellos, gritaban algo parecido a comechingón que podría haber sido Kamichingon o `somos la defensa de las sierras´. No era un nombre sino un grito de guerra.
jueves, 30 de diciembre de 2010
domingo, 26 de diciembre de 2010
Primer Comunidad en la Provincia de Cordoba en ser reconocidos por el INAI
Somos la primer comunidad indigena de Cordoba reconocida como tal por el Instituto de Asuntos Indigenas de la Republica Argentina.
En nuestro país, puede señalarse como un hito importante la reforma de la Constitución Nacional de 1994, en donde los pueblos originarios logran introducir en el art. 75 un inciso que dice:
"(Corresponde al Congreso: ) 17. Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural ; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano ; ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y los demás intereses que los afecten. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones."
En nuestro país, puede señalarse como un hito importante la reforma de la Constitución Nacional de 1994, en donde los pueblos originarios logran introducir en el art. 75 un inciso que dice:
"(Corresponde al Congreso: ) 17. Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural ; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano ; ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y los demás intereses que los afecten. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones."
Para ir pensando... o recordando
En estos tiempos donde algunos todavia no quieren entender cuales son los verdaderos dueños de la tierra... es bueno recordar de donde salio todo esto.
Extracto de Algo Habran Hecho - La Conquista del Desierto
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